Traficantes de indocumentados podrían enfrentar 40 años de prisión

TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO, DOMINGO REPÚBLICA DOMINICANA, 7 DE ABRIL, 2025.  El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, depositó este lunes en manos del presidente del Senado, Ricardo de los Santos, el proyecto de ley que modifica la Ley núm. 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, con el cual los traficantes de indocumentados podrían enfrentar hasta 40 años de prisión.

La propuesta es parte de las 15 medidas anunciadas el domingo por el presidente Luis Abinader para proteger la República Dominicana y asegurar el respeto a las leyes del país.

Una de las acciones anunciadas por el mandatario fue la presentación de una reforma al marco legal migratorio existente, la cual debe ser conocida con carácter de urgencia por el Congreso Nacional, detalla un comunicado.

Explicó que el objetivo de esta iniciativa es modificar de manera puntual los artículos 2, 5, 6 y 7 del texto legal, con el fin de precisar los elementos que constituyen el tráfico ilícito de migrantes, establecer nuevas penas y adicionar circunstancias agravantes tanto para el autor principal como para el cómplice.

Peralta Romero indicó que, en el artículo 2, se amplía la definición y y se agregan los elementos constituyentes de tráfico
ilícito de migrantes, debido a que la contenida en la ley vigente impide la eficiente persecución por parte del Ministerio Público y aplicación de las normativas correspondientes.

Asimismo, el artículo 5 introduce la tipificación de delitos por omisión, estableciendo que se considerarán penalmente responsables aquellas personas que, por deber legal o vínculo con la víctima, omitan actuar para evitar el daño.

Se detallan condiciones específicas, como la asunción voluntaria de protección o vigilancia, o la creación previa de una situación de riesgo para el bien jurídico protegido. La omisión será penalizada cuando el daño producido sea equiparable al resultado de una acción directa.

En el artículo 6, se redefine la participación del cómplice en la comisión del crimen de tráfico ilícito de migrantes.

De igual forma, el artículo 7 incorpora nuevas circunstancias agravantes aplicables tanto al delito de tráfico ilícito de migrantes como al de trata de personas. Estas incluyen la relación entre el autor y la víctima, el grado de vulnerabilidad de la víctima, la gravedad del daño causado y los medios utilizados para cometer el delito.